UPOV 91: contundente posición de CREA sobre semillas

Para los empresarios CREA, el reconocimiento de la propiedad intelectual debe implementarse en la compra de semilla (por bolsa) o mediante el pago de regalías (por superficie), evitando mecanismos que impliquen el pago ajustado en función de la producción obtenida.

07 de febrero de 2024RedacciónRedacción
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La propuesta de adhesión a UPOV-91, contenida en el proyecto de “Ley Ómnibus” cuyo tratamiento quedó trunco en la Cámara de Diputados, tiene como fundamento el reconocimiento del valor de la mejora genética a los obtentores y se propone como un mecanismo que asegure al productor el acceso a mejores variedades.
Así lo indica un documento elaborado por el área de Agricultura de la Unidad de Investigación y Desarrollo de CREA, el cual aclara que, en caso de implementarse el nuevo sistema en reemplazo del vigente (UPOV-78), es importante tener en cuenta la reglamentación e implementación del mismo.

Eso porque el consenso presente en la red CREA es que la implementación debe permitir el uso propio gratuito en la superficie de compra de semilla original y oneroso para el área incremental, y que el reconocimiento de la propiedad intelectual debe implementarse en la compra de semilla (por bolsa) o mediante el pago de regalías (por superficie), evitando mecanismos que impliquen el pago ajustado en función de la producción obtenida.
Al respecto, CREA estima que, para contemplar los intereses de todos los actores de la cadena, es necesario aclarar cuál es el mecanismo legal propuesto por el Estado, en el marco del sistema UPOV-91, para reglamentar el uso propio y las condiciones de pago.

“La red CREA abarca muchas opiniones y realidades diversas, pero el criterio de consenso es que se debe valorizar la mejora genética y la biotecnología aplicadas en semillas, respetando los intereses de los usuarios”, comenta Ricardo Bergmann, integrante del CREA Monte Buey Inriville y representante de CREA en AcSoja.
El empresario indica que, más allá del caso particular de la soja, la ausencia de incentivos económicos genera situaciones similares en la mayoría de los cultivos, como las presentes en el caso de las legumbres y hortalizas, en el cual el desarrollo genético es muy limitado a pesar de tratarse de importantes producciones en diferentes regiones del país.

“La falta de acuerdo entre obtentores y productores en lo que respecta al reconocimiento de la propiedad intelectual en semillas ha llevado a que aparezca un tercero –el Estado– para intentar resolver la cuestión, lo que no resulta lo más apropiado porque eso puede terminar generando inequidades”, manifiesta Ricardo.
Al respecto, el empresario indicó que en Brasil y Uruguay, donde rige UPOV-78, los productores y obtentores llegaron a acuerdos que permiten valorizar y monetizar el trabajo del desarrollo genético en un marco de armonía de intereses entre las partes.

“Es evidente que en la Argentina se requiere un nuevo acuerdo entre usuarios y obtentores para tener acceso a mejores variedades en especies autógamas, pero lo deseable es que el mismo llegue a través de un consenso entre las partes”, resumió.

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